28 DE SEPTIEMBRE. DÍA DE ACCIÓN POR LA DESPENALIZACIÓN DEL ABORTO
Fecha: 27.09.2012
DEFENDER LA VIDA ES EVITAR QUE MÁS MUJERES SIGAN MURIENDO POR ABORTOS INSEGUROS
Los abortos inseguros son la principal causa de muerte materna en Argentina desde hace décadas. Las mujeres que mueren o quedan con secuelas graves por abortos realizados en la clandestinidad son las más pobres: las que no tienen recursos para hacerse una intervención privada ni contactos que las orienten hacia prácticas seguras.
Desde 1921, el Código Penal Argentino, en el artículo 86, permite el aborto ante el riesgo para la salud o la vida de la mujer y cuando el embarazo es producto de una violación. El 13 de marzo de 2012 la Corte Suprema de Justicia emitió un fallo esclarecedor sobre la interpretación constitucional del artículo 86. Ratificó que no es punible la interrupción del embarazo proveniente de una violación a cualquier niña o mujer, ante la simple declaración jurada de la violación. También aclaró que no requiere ningún trámite o autorización judicial. Además, la Corte exhortó al gobierno nacional y a las provincias y la Ciudad de Buenos Aires a implementar protocolos de atención para hacer efectivo este derecho a todas las mujeres.
El Ministerio de Salud de la Nación tiene la responsabilidad de establecer para todo el país la política sanitaria para asegurar a las mujeres el acceso igualitario a los derechos y a la salud. Sin embargo, se ha desentendido del tema, no aprueba por resolución la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles, elaborada en ese ministerio en 2007 y revisada en 2010 y que concuerda con los criterios establecidos por la Corte Suprema de Justicia, y tampoco convoca al Consejo Federal de Salud para acordar esta política. Por omisión, el gobierno nacional está violentando los derechos de las mujeres.
A más de seis meses del fallo, cada jurisdicción aplica lineamientos diferentes en sus servicios públicos de salud, que en muchos casos no se ajustan al fallo de la Corte Suprema respecto al acceso al aborto no punible. Las mujeres que solicitan esta práctica médica en los casos permitidos por la ley reciben respuestas diferentes dependiendo del lugar donde se atiendan, en una clara situación de discriminación.
La Ciudad de Buenos Aires acaba de aprobar una nueva resolución ministerial que limita este derecho, deja a las mujeres cautivas del poder médico y pone restricciones como la obligación de hacerla antes de las doce semanas de gestación con certificado ecográfico, entre otras limitantes. La legislatura porteña tiene que aprobar ahora una ley que deje sin efecto esta resolución.