La provincia de Chaco tiene la obligación de informar de manera veraz y completa y facilitar el acceso a la interrupción legal del embarazo
Como organizaciones dedicadas a la protección de los derechos humanos y a la promoción y acceso a
los derechos sexuales y reproductivos, manifestamos nuestra preocupación por la decisión del
Gobernador Domingo Peppo de vetar la modificación a Ley provincial 2038-G (antes Ley 7064) sobre
la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles.
La modificación de la ley había sido aprobada por el Cámara de Diputados de la provincia el pasado
25 de septiembre y establecía la obligación de “arbitrar las medidas pertinentes para la difusión de
los derechos consagrados en la Guía Técnica, tanto al público en general como a los efectores de
salud, en particular a aquellos donde se ejecuta la Red Sanitaria Provincial”.
En su decisión de vetar la norma, el Poder Ejecutivo señaló que “la misma hace referencia a la
necesidad de difusión de la Guía, sin garantizar el derecho a la ‘objeción de conciencia’, de rango
constitucional, de todos y cada uno de los empleados del sistema sanitario provincial”, y propone
dejar sin efecto la obligación del Estado provincial de capacitar a profesionales de la salud en
perspectiva de género y derechos humanos bajo el fundamento de que “no se garantiza el respeto a
sus derechos de pensamiento, conciencias y creencias religiosas”.
Chaco adhirió al protocolo nacional de interrupción legal del Embarazo a través de una ley en el año
2012, luego de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia en el caso “F.A.L.”. Esto no se modifica
por el veto del gobernador saliente.
El diputado provincial Daniel Trabalón, autor del proyecto de ley aprobado por la legislatura
provincial, aseguró que la propuesta buscaba “hacerlo público, trabajar con medidas de publicidad
con la sociedad y profundizar la capacitación de este protocolo a nivel provincial”. La modificación
fue aprobada por 19 votos a favor y sólo cuatro abstenciones.
Chaco es una de las provincias con mayor índice de embarazo adolescente. Entre 2014 y 2018 se
quintuplicaron los casos de atención por violencia y abuso sexual infantil. En 2017, fue la provincia
con mayor registro de egresos hospitalarios por aborto con un total de 1881 (apenas por debajo de la
media nacional).
Un derecho que no se conoce, no se reclama. La Corte Suprema de Justicia de la Nación exhortó en
el caso “F.A.L.” a las autoridades provinciales a contemplar pautas que garanticen la información a
las mujeres que solicitan una interrupción legal del embarazo a través de protocolos sanitarios. La
provincia de Chaco cumplió rápidamente con esa exhortación (al adherir a la Guía Técnica nacional)
sin cumplir plenamente su obligación de informar de manera activa, veraz y completa a las niñas,
adolescentes, mujeres y personas gestantes a través de la capacitación de profesionales de la salud.
El objetivo de la norma aprobada por la Cámara de Diputados era saldar esa deuda reforzando la
obligación de difundir los derechos contemplados en la Guía Técnica, tanto al público en general
como a los efectores de salud.
Con el convencimiento de que la prioridad de todos los actores políticos y sociales debe estar
enfocada en garantizar el derecho de las niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de
gestar de acceder a la protección de su salud integral, instamos:
A LA LEGISLATURA PROVINCIAL a insistir con la norma aprobada ratificando su decisión por el
voto de una mayoría especial de dos tercios de sus integrantes presentes en la sesión
(artículo 118 de la Constitución de Chaco).
AL GOBERNADOR DOMINGO PEPPO a cumplir con las obligaciones vigentes en la provincia
de Chaco en materia de información y acceso a servicios para que no haya barreras en el
acceso a los derechos sexuales y reproductivos, en particular el acceso al aborto legal y
seguro.
AL GOBERNADOR ELECTO, JORGE CAPITANICH a comprometerse a garantizar el acceso de
todas las niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar al aborto legal, en
los casos contemplados por las normas vigentes, mejorando los estándares de atención en
todo el territorio provincial para eliminar las barreras de acceso. Esto incluye la obligación de
capacitar a profesionales de la salud en sus obligaciones y generar campañas amplias de
comunicación al público general: es indispensable conocer nuestros derechos para poder
reclamar su cumplimiento.
Acciones como las tomadas por el gobernador de la Provincia de Chaco solamente buscan
profundizar las barreras que existen para el acceso a abortos legales. Evitar la difusión de la Guía
Técnica para la Atención Integral de los Abortos No Punibles supone la intención de dejar a miles de
niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de gestar sin información en cuanto a los
derechos que tienen y pueden ejercer desde 1921. Las empuja a la clandestinidad o a seguir adelante
con embarazos que podrían poner en riesgo su salud o vida o a continuar embarazos productos de
violación por desconocer un derecho que el estado provincial tiene la obligación de garantizar y
proteger.
Firman:
ELA -Equipo Latinoamericano de Justicia y Género
REDAAS – Red de Acceso al Aborto Seguro Argentina
CEDES – Centro de Estudios de Estado y Sociedad
Amnistía Internacional Argentina
FEIM – Fundación de Estudios de la Mujer
Católicas por el Derecho a Decidir
Mujeres X Mujeres
CELS – Centro de Estudios Legales y Sociales
Fundación Mujeres Creciendo
MEI – Mujeres en Igualdad
RATT Argentina
Fundeps
Fundación Huésped
Fundación Mujeres Creciendo
Feministas Humanistas
Feministas Humanistas Córdoba
Asociación civil Activar Personas Vínculos Humanistas.
Frente abolicionista Chaco – Corrientes