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La Justicia ordena a la Legislatura pedir disculpas públicas por violar el cupo femenino

Comunicado conjunto

 

(18 de mayo de 2017)

 

El Poder Judicial porteño declaró que la designación de autoridades en la Auditoría de la Ciudad de Buenos Aires debe respetar el criterio de cupo establecido en la ley y la Constitución de la Ciudad, y que por tanto, en un cuerpo de 7 integrantes, debe haber al menos 3 mujeres para respetar dicho cupo. Asimismo, declaró que la violación al requisito de cupo constituye un acto de discriminación, y que la Legislatura deberá pedir disculpas públicas en razón del daño causado en desmedro de las mujeres en una designación realizada en 2015.

La sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad falló en un amparo presentado por las organizaciones Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), Asociación por los Derechos Civiles (ADC), Equipo Latinoamericano de Justicia y Género (ELA), Fundación Mujeres en Igualdad (MEI) y Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM), y confirmó la sentencia del Juez Guillermo Scheibler contra la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, por la violación de la ley de cupo femenino en la designación de los integrantes de la Auditoría General.

La acción de amparo fue presentada en 2015 por las organizaciones mencionadas en oportunidad de la designación del auditor Facundo Del Gaiso por no respetar los parámetros de cupo por género establecidos en los arts. 138 de la ley 70 y 36 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires. La sentencia de primera instancia había declarado la nulidad de tal designación por violar el cupo femenino, a la vez que ordenó a la Legislatura que hiciera un pedido de disculpas públicas por el hecho y lo publicara en uno de los tres diarios de mayor tirada de la Ciudad, como medida de reparación al colectivo de mujeres. Dicha sentencia fue apelada por la Legislatura.

Tiempo después del fallo de primera instancia, la Legislatura designó nuevas autoridades, esta vez respetando los requisitos de género en su conformación, por lo cual las organizaciones solicitaron a la Cámara de Apelaciones que se declare abstracta la sentencia en el punto de la nueva designación, pero que mantenga la medida de reparación, en virtud de la necesidad de evitar nuevas violaciones y de concientizar acerca de la relevancia de la igualdad de género.

La Cámara declaró abstracto el punto solicitado y confirmó la sentencia de primera instancia en lo referido a la medida reparatoria, sosteniendo que “[e]l hecho de que haya cesado el acto discriminatorio que originó la causa, no excluye la posibilidad de una reparación del daño colectivo causado, por un medio razonable, proporcional y previsto por la ley”.
Desde ACIJ, ADC, ELA, MEI y FEIM esperamos que la Legislatura cumpla con la medida reparatoria y se abstenga de violar nuevamente el cupo femenino en futuras designaciones. Asimismo, instamos a la Legislatura y a todas las instituciones públicas de la Ciudad a ocupar su rol de promover en todos los ámbitos la igualdad real para las mujeres.

 

Sentencia de Cámara. Descargar