Comunicado conjunto - 16.12.2015

 

Un retroceso para la independencia judicial y la igualdad de género

 

La decisión del Poder Ejecutivo de la Nación de designar a dos nuevos integrantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación a través de un decreto, sin el acuerdo del Senado, y por medio de nombramientos “en comisión”, representa un grave retroceso en el procedimiento de selección de magistrados.

La sanción del decreto 222/03 habilitó un espacio de participación ciudadana en un ámbito crucial para el sistema democrático como es el proceso de designación de jueces y juezas. Además, el decreto estableció un mecanismo que permitió fijar los criterios objetivos para determinar la idoneidad moral y técnica de los candidatos y consagró el principio de equilibrio de género como un objetivo a alcanzar en la composición del sistema judicial.

La decisión de apartarse de ese procedimiento afecta la legitimidad de un órgano que ha logrado en los últimos años fortalecer su independencia e imparcialidad. El entonces Relator Especial de la ONU sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy, ha enfatizado la importancia de que la población adquiera confianza en un sistema judicial que administre justicia de manera independiente e imparcial exento de consideraciones políticas.

Pero además, la designación “en comisión” afecta la garantía de estabilidad de los cargos judiciales, atento a que sus nombramientos estarán sujetos a la aprobación de los pliegos por parte del Senado a partir del inicio del próximo período ordinario de sesiones legislativas, haciéndolos vulnerables a las presiones de los demás poderes del Estado. El Sistema Interamericano de Derechos Humanos ha manifestado su preocupación respecto a la provisionalidad de los mandatos de las y los operadores judiciales “por generar una duda objetiva sobre la posibilidad efectiva de que puedan participar de manera independiente en los procesos, sin temor a represalias”.

Preocupa especialmente que los nombramientos actuales desconocen el deber de asegurar la igualdad y no discriminación en el acceso a las funciones públicas y procurar una representación equilibrada de género. Por el contrario, la composición mayoritariamente masculina de la Corte perpetúa una larga historia de privilegio en el acceso de varones a las máximas instituciones del país. Las vacantes producidas en la Corte Suprema de Justicia de la Nación brindaban la oportunidad de evitar un retroceso en un tribunal que ha demostrado un particular liderazgo en los avances necesarios en el camino hacia la igualdad de las mujeres a través de políticas activas tanto para mejorar el acceso a la justicia, como el trabajo que se hace desde la Oficina de Violencia Doméstica, como el trabajo de investigación, sensibilización y formación que se promueve desde la Oficina de la Mujer.

Contar con un Poder Judicial comprometido con la igualdad de género no puede ser un objetivo deseable, es una obligación del Estado.

Aministía Internacional Argentina
ELA - Equipo Latinoamericano de Justicia y Genero
Asociación Argentina de Mujeres de Carreras Jurídicas
Mujeres Trabajando
Red Argentina de Género, Ciencia y Tecnología (RAGCyT)
Red de Derechos de Personas con Discapacidad (REDI)
Crisálida - Biblioteca Popular de Género, Diversidad Sexual y Derechos Humanos
CEDES Area Salud
Asociación Civil Comunicación para la Igualdad
Católicas por el Derecho a Decidir Argentina
Fundación para Estudio e Investigación de la Mujer (FEIM)
Mujeres en Igualdad (MEI)
CEJIL – Centro por la Justicia y el Derecho Internacional
Fundación Directorio Legislativo

 


Más información
FUNDACIÓN PARA ESTUDIO E INVESTIGACIÓN DE LA MUJER – FEIM.
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